LEY Nº 2.377
ADHIÉRESE A
BIOCOMBUSTIBLES”
Publicada en B.O.
Nº 2764 del 29-11-07.-
Promulgada el
21-11-07.-
Sancionada el
01-11-07.-
Artículo 1°.-
Adhiérese a
Artículo 2°.-
Establécese un plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia de la
presente, a efectos de que el Poder Ejecutivo Provincial, instrumente todos los
mecanismos necesarios para implementar un régimen de objeto similar al de
Artículo 3°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA
en
Prof.
Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de
Expediente
Nº 14226/07
Santa Rosa, 21 de Noviembre de 2007
SECRETARÍA
GENERAL DE
Habiendo quedado promulgada conforme a
lo dispuesto por el artículo 70 de
Pase a sus efectos al Boletín Oficial
y Archivese .
Ingº. Juan Ramóm GARAY, Secretario
General de